Diversos medios de comunicación han informado hoy que el magistrado del Tribunal Constitucional Enrique López fue parado por la Policía Municipal al saltarse un semáforo en rojo sobre las 7.30 horas, conduciendo su motocicleta sin casco, y para más inri, dio positivo en el test de alcoholemia al que fue sometido.
En cualquier otro caso que fuera susceptible de tipificarse como un delito contra la seguridad vial en donde el autor de los hechos fuera sorprendido in fraganti por los agentes de policía, se instruiría el correspondiente "juicio rápido" tal y como establecen los artículos 795 y ss. LECRIM, de manera que en pocos días, el sujeto debería comparecer ante el correspondiente juzgado de instrucción en labores de guardia, y muy probablemente se dictaría una sentencia de conformidad (así sucede en la inmensa mayoría de este tipo de infracciones) con una considerable rebaja "premiada" de la pena privativa de libertad, unida a la correspondiente multa y la retirada del permiso de circulación. Pero resulta que el conductor es magistrado del máximo intérprete constitucional, de modo que la pregunta está servida: ¿existe alguna especialidad para su tramitación?, ¿debe ser suspendido hasta que se dicte condena?, ¿será cesado?
En principio, a los magistrados del Tribunal Constitucional no se les aplica el régimen disciplinario establecido en la LOPJ y que sí se les aplica al resto de jueces del Poder Judicial, pero sí existen ciertas especialidades. Por un lado, tal y como establecen la LOPJ y la LOTC, sólo la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo es competente para conocer de la responsabilidad criminal de los magistrados del Tribunal Constitucional, con independencia de que el delito fuera cometido con ocasión del ejercicio de su cargo o no, de modo que no es posible instar la incoación de un "juicio rápido", sino que, en teoría, debería designarse un juez instructor especial dentro del Tribunal Supremo y abrirse el correspondiente procedimiento abreviado.... Pero la solución puede ser más rápida si el magistrado decide dimitir, pues entonces no tendrá aforamiento alguno y del asunto conocerá el correspondiente juzgado de instrucción.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que el artículo 23 LOTC establece como causa de cese de los magistrados del Tribunal Constitucional el "haber sido declarado responsable civilmente por dolo o condenado por delito doloso o por culpa grave", sin exigir ningún mínimo condenatorio. A diferencia de lo establecido en el art. 379 LOPJ, la LOTC no establece que la pena privativa de libertad por razón de delito doloso deba ser superior a 6 meses (en cuyo caso, la ley permite al CGPJ sustituir la pérdida de la condición de Magistrado o Juez por la suspensión hasta 3 años), de modo que la solución parece, a priori, sencilla: ubi lex non distinguit nec nos distinguere debemus. Los días del magistrado López parecen estar contados.
Es un episodio lamentable éste. Creo que, como bien dices, las horas las tiene contadas, confiemos que toda la falta de diligencia y prudencia se corresponda con la suficiente vergüenza jurídica para dimitir inmediatamente y no atrincherarse en alguna ladina y farisea interpretación para “restar” en el Tribunal Constitucional.
ResponderEliminarQuien ocupa tan alta distinción en una Institución de Primer nivel en el Estado no puede sólo ser honorable sino, asimismo, parecerlo. Pues mal ejemplo daríamos al ciudadano de a pie, si quienes ocupan tales cargos no predican con el (buen; corrijo: encomiable) ejemplo al justiciable, pues éste sabe que no hay mejor pedagogía que el ejemplo personal y cotidiano.
Enhorabuena por la iniciativa, Juan Carlos, te auguro un gran futuro en la red jurídica, pues tu solvencia te avala, sabes que te tengo por uno de los mejores exponentes de nuestra doctrina procesalista patria. Te deseo lo mejor, ya tienes un seguidor seguro de tu blog, pues siempre me apresuro a seguir a aquellos de quienes puedo aprender cosas de Derecho, y tú, en este sentido, siempre has sido una apuesta segura, querido colega –y, sin embargo, amigo-.
Hasta otra ocasión. Un fuerte abrazo,
Francis Martínez Segovia
@fjmsegovia